La Plataforma del Tercer Sector, que representa a cerca de 28.000 entidades sociales, celebra la aprobación por el Consejo de Ministros, en la reunión mantenida hoy, del Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras de la Administración General del Estado, una norma que supone un avance significativo en el reconocimiento institucional de las entidades sociales, en la colaboración público-cívica y en el fortalecimiento del diálogo civil.
La nueva regulación desarrolla una previsión contemplada en la Ley 43/2015, del Tercer Sector de Acción Social, y establece el marco jurídico para el reconocimiento de aquellas organizaciones sociales de ámbito estatal que acrediten una trayectoria consolidada, capacidad organizativa, transparencia, calidad y buen gobierno.
Reivindicación histórica
La aprobación de este Real Decreto representa la culminación de una reivindicación largamente defendida por la Plataforma del Tercer Sector, que ha trabajado de forma continuada desde 2018, junto al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, para impulsar el desarrollo de esta figura, participando activamente en las distintas fases de diseño, consulta y tramitación de la norma.
El presidente de la Plataforma del Tercer Sector, Luciano Poyato, ha señalado que la aprobación de este Real Decreto «supone un avance con enorme potencial para el Tercer Sector de Acción Social, ya que refuerza el reconocimiento de nuestras organizaciones como actores clave en la defensa de derechos, la cohesión social y la atención a las personas en situación de vulnerabilidad». Poyato ha subrayado que este logro «es fruto de años de trabajo, diálogo e interlocución de la Plataforma del Tercer Sector para impulsar una reivindicación histórica del sector y avanzar hacia un mayor reconocimiento institucional de la contribución que realizan las entidades sociales al bienestar y la cohesión de nuestra sociedad».
Requisitos, derechos y obligaciones de las entidades colaboradoras
El Real Decreto establece los requisitos que deberán cumplir las entidades para obtener y conservar esta condición, así como los derechos, obligaciones y mecanismos de seguimiento asociados a este reconocimiento. Entre otros aspectos, las organizaciones deberán acreditar una trayectoria mínima de cinco años, ámbito estatal de actuación, capacidad organizativa suficiente, sistemas de calidad, transparencia y cumplimiento de la normativa vigente en materias como igualdad, discapacidad o voluntariado.
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